NUEVA LEY PARA MEJORAR … ¿LA SEGURIDAD VIAL?

En (Autor) por Luis E. Lorenzo Heptener el 24-05-2010

El 25 de mayo entra en vigor la casi totalidad de la última modificación de la normativa sobre tráfico y seguridad vial, referida casi en exclusiva a “mejorar” el procedimiento sancionador.

Desde luego, éste era manifiestamente mejorable. Una tramitación compleja y enrevesada, con diversos momentos para la defensa del denunciado, excesivamente garantista, ocasionaba una duración media de cada procedimiento entre seis y doce meses. Para colmo, un porcentaje importante de los procedimientos finalizaba sin ni siquiera haber cobrado la multa al denunciado, con lo que tanto el objetivo recaudador como el objetivo aleccionador fallaban lamentablemente.

El legislador, por tanto, ha decidido poner fin a tanto trámite, a tanto desperdicio de tiempo y a tan escasa ejemplaridad, pero lo ha hecho, en mi opinión, de forma equivocada: no se le ha ocurrido nada mejor que limitar las posibilidades de defensa del denunciado provocando además un efecto de inseguridad jurídica inaceptable en cualquier procedimiento sancionador o limitador de derechos.

En vez de intentar objetivar la denuncia, hacerla más clara y más directa y, por tanto, mas efectiva y ejemplarizante (la identificación del conductor responsable es clave para todo ello), ha preferido colocar un señuelo, la reducción del 50 % del importe de la denuncia por pronto pago, y además lo presenta envenenado: el legislador se atreve nada menos que a presumir que el pronto pago es un allanamiento del denunciado, que reconoce de esta manera el hecho denunciado y que ve obstruida su posibilidad de defenderse de la denuncia si decide abonar la sanción con descuento. Toda una aberración jurídica, pues el allanamiento no puede presumirse sólo porque lo diga el legislador y sólo produce efectos para el interesado si ese allanamiento es expreso, nunca presunto.

Pero a estos chicos legisladores nada les coarta, y mucho menos una ley escrita y publicada en el BOE. No se cortan un pelo ante un texto legal, así que aún menos si lo que está en juego es un concepto para ellos tan etéreo y poco tangible como la seguridad jurídica.

Por cierto, esto de la seguridad jurídica ¿qué es y de dónde viene? Pues viene nada menos que de la Revolución Francesa y la recoge la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (traducido para que lo entiendan los “progres” actuales: del Hombre y de la Mujer, del Ciudadano y de la Ciudadana), la refleja la Constitución francesa de 1795 y también aparece en nuestra Constitución, artículo 9, apartado 3. La doctrina jurídica y la jurisprudencia constitucional, de forma unánime, la definen como “la protección acordada por la sociedad para cada uno de sus miembros para la conservación de su persona, sus derechos y sus propiedades” y la consideran fundamental para el mantenimiento del ordenamiento jurídico y vinculada a la estabilidad económica y social.

No sólo salta por los aires esta seguridad jurídica al presuponer el legislador que un pago anticipado es un allanamiento expreso. También se la dinamita cuando se crea una “dirección electrónica vial” a la que la Administración enviará las notificaciones de los expedientes sancionadores, sin que se haya establecido cómo se acreditará su efectiva recepción por el interesado y dejando en manos del Ministerio del Interior la regulación de éstos y otros “detalles sin importancia” a través de una futura norma, que será de inferior rango y que, por ello, no necesitará pasar el control del Parlamento o del Senado.

La modificación tiene aspectos positivos, sin duda, pero la inseguridad que crea es tan grave que sus mejoras quedan oscurecidas. Para remate, la presentación que de aquélla hace la actual Administración es penosa: las novedades se han aprobado “para mejorar la seguridad vial”, dicen. Pero, ¿se obtiene mayor seguridad vial por llevar la matrícula del vehículo limpia? Parece más bien que lo que se asegura es el cobro, porque una matrícula sucia no provoca inseguridad, mientras que una limpia permite localizar antes al titular del vehículo. Ahorraremos tiempo del procedimiento, pero por ello no disminuirán los accidentes.

¿Se obtiene mayor seguridad vial impidiendo que se hagan trámites administrativos con un vehículo que tenga anotadas varias sanciones sin abonar? Con esta medida se pueden conseguir dos cosas: que se cobre más o que se tramite menos, pero no se reducirán con ella los accidentes.

El hecho de que un vehículo circule sin llevar encendidas las luces reglamentarias cuando sea obligatorio (de noche, en túnel, con niebla) sigue siendo sancionable, pero ya no resta puntos. Se argumenta que su número no es importante, y es cierto. Pero tampoco el número de asesinatos es grande y, sin embargo, se siguen castigando duramente. ¿A qué estamos jugando? ¿Acaso ir de noche o con niebla con el vehículo sin luces no es un peligro cierto?

¿Mejora la seguridad vial por tener una dirección electrónica vial? Si en ella se recibiera, por ejemplo, sólo información relacionada con el tráfico, la respuesta sería afirmativa, pero lo que se pretende con la DEV es que alguien pague, y cuanto antes. ¿Seguridad vial o seguridad recaudadora?

Un detalle final. Se nos dice que se han abaratado los importes de las sanciones, y no es cierto. Vean este cuadro:

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La Organización de los Estados Americanos y la Seguridad Vial

En (Autor) por Mario Holguín el 24-05-2010

La Organización de los Estados Americanos –OEA- es una entidad internacional que entre otras cosas, promueve los derechos humanos, el desarrollo social y económico de los países panamericanos, fundamentada en los principios de la democracia representativa y la defensa de los derechos humanos, razón esta última por la cual traemos a colación vinculándola con la seguridad vial.

En la realidad la OEA ha establecido una instancia a fin de que se puedan ejecutar trabajos en materia de seguridad viaria, brindando diferentes modalidades y facilidades para que instituciones cívicas y públicas de los Estados miembros se le acerquen.

Un ejemplo reciente es La Comisión Transitoria de Seguridad Vial que preside el Premio Nóbel costarricense, Dr. Oscar Arias Sánchez. Se esta estudiando la forma mas viable de incorporar a los países latinoamericanos y del Caribe a la OEA para elaborar un plan regional que revierta los altos índices de siniestralidad que se vienen reportando en carreteras.

El 11 de septiembre de 2001 en la ciudad de Lima, Perú, se aprobó la CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA. En la que se reafirma: ”que la lucha contra la pobreza, especialmente la eliminación de la pobreza crítica, es esencial para la promoción y consolidación de la democracia y constituye una responsabilidad común y compartida de los Estados americanos”. Además, de promover y proteger los derechos humanos, las libertades fundamentales, la educación, el medio ambiente sano, “la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa”.

La Carta Democrática Interamericana consagra que: “La participación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad…”. Así como: “La pobreza, el analfabetismo y los bajos niveles de desarrollo humano son factores que inciden negativamente en la consolidación de la democracia”.

El Arzobispo Emérito de la Ciudad del Cabo y Premio Nóbel de la Paz, Desmond Tutu, afirmó ante la Comisión para la Seguridad Vial Mundial, durante el lanzamiento de la campaña Carreteras Seguras en África, “que los accidentes de tránsito constituyen una epidemia silenciosa, que se traduce en un asesino de pobres. Las comunidades más pobres son las que viven al borde de las carreteras más rápidas. Los niños más pobres son los que tienen que lidiar con las rutas más peligrosas para llegar a la escuela. Los usuarios de carretera más vulnerables, peatones –y motoristas en el caso de República Dominicana, agrego-, son los que corren el mayor riesgo,…”

Otro artículo que se establece en la Carta Democrática, es: “La promoción y observancia de los derechos económicos, sociales y culturales son consustanciales al desarrollo integral, al crecimiento económico con equidad…”
En otra oportunidad el Arzobispo Tutu, se refirió: “Las muertes en las carreteras representan una enorme carga para nuestros sistemas de salud y son un obstáculos a los esfuerzos para derrotar a la pobreza.”

En definitiva, la seguridad vial debe ser un elemento a tomarse en cuenta en los planes de desarrollo de nuestras naciones.

La AEAV y la Carta Europea de Seguridad Vial.

En (Autor) por Raimundo García Cuesta el 23-05-2010

El pasado día 30 de abril se celebró en Madrid un acto, presidido por Enrico Grillo Pasquarelli, Director de Transporte Terrestre en la Comisión Europea, en el que firmaron la Carta Europea de Seguridad Vial 39 entidades, entre las que se encontraban ayuntamientos, como el de León o Tarragona, asociaciones como la AEAV, empresas, la Consejería De Fomento de la Junta De Extremadura, el Gobierno de la Región de Murcia, etc. Entre las entidades que, además, renovaron su compromiso con la Carta, entre otras, está el Ayuntamiento de Madrid.
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La Carta europea de la seguridad vial es una plataforma participativa europea integrada por empresas, asociaciones, centros de investigación y autoridades públicas que se han comprometido a llevar a cabo acciones concretas y a compartir sus buenas prácticas para resolver los problemas de seguridad vial de sus entornos cotidianos. El objetivo de esta Carta es ayudar a reducir el número de víctimas mortales. Es una invitación de la Comisión Europea a tomar acciones concretas, evaluar los resultados y seguir concienciando sobre la necesidad de reducir la mortalidad en accidentes de tráfico. A cambio, la Carta Europea de Seguridad Vial ofrece reconocimiento europeo a las entidades que se han registrado, y también hace que las acciones de seguridad vial que éstas desean llevar a cabo sean más visibles a nivel europeo.

En su intervención durante el acto, el Director de Transporte Terrestre, resaltó dos compromisos directamente relacionados con uno de los problemas que actualmente aborda la Comisión; el aumento en la siniestralidad de vehículos de dos ruedas. En este sentido, recalcó Enrico Grillo Pasquarelli, los compromisos del Ayuntamiento de Madrid, y de la Asociación Motociclista de Oviedo (ASOMO, firmante de la Carta en este acto) merecen especial atención, por ir directamente orientados a la reducción de la siniestralidad, y por lo tanto, de sus consecuencias. ASOMO lleva realizando actividades en pro de la seguridad vial desde hace tres años, por lo que el reconocimiento de este “buen hacer” por parte del Director de Transporte de la C.E. es un aliciente que seguro incentivará los responsables de la Asociación a continuar con su buen trabajo, y quizá a dar ánimos renovados para abordar retos futuros más ambiciosos.

La AEAV se suma a este esfuerzo aportando su compromiso, que se puede ver en el siguiente enlace:

http://www.erscharter.eu/signatories/profile/17436

Y para que nadie se confunda, dejamos claro, también en el compromiso con la Comisión Europea, cual es nuestra inquietud: ser una asociación que se preocupa por la necesidad social de una práctica accidentológica científica y útil, al servicio del saber, de la seguridad vial y de la justicia.

Nuestra asociación, la AEAV, contribuye así a que España se haya convertido en el país de la Unión Europea donde más organizaciones se han comprometido a frenar el número de muertes en las carreteras.

Este esfuerzo colectivo llegando más allá de lo que exige la ley es, sin duda alguna, uno de los pilares sobre los que se asienta el descenso en la siniestralidad registrado en nuestro país. Efectivamente queda mucho por hacer, pero lo primero es aceptar el compromiso de llevar a cabo acciones concretas con un objetivo común: contribuir a la reducción de los accidentes de tráfico.